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lunes, 11 de mayo de 2020

Información de Dirección: Admisión 20/21

Periodo de reserva de plaza para nuevos alumnos: 19 de mayo al 5 junio (También para nuestros alumnos que pasan al IES)

Presentación de solicitudes en el proceso ordinario de admisión.
(EXTRACTO DE LA RESOLUCIÓN CONJUNTA DE LAS VICECONSEJERÍAS DE POLÍTICA EDUCATIVA Y DE ORGANIZACIÓN EDUCATIVA)

1.- El plazo para la presentación de solicitudes de participación en el proceso ordinario de admisión de alumnos para el curso 2020/2021 comprenderá del 19 de mayo al 5 de junio de 2020, ambas fechas inclusive.

2.- Debido a la situación de excepcionalidad derivada del COVID-19, las solicitudes de admisión de alumnos para el curso 2020/2021 serán presentadas por vía telemática, y serán dirigidas al primer centro incluido en la solicitud. Para la presentación de solicitudes por vía telemática las familias utilizarán la Secretaría Virtual, que será accesible a través de internet, página web de la Comunidad de Madrid, comunidad.madrid/url/admision-educacion. En aquellos casos en los que, por imposibilidad técnica, no sea posible presentar la solicitud de admisión por vía telemática, podrá ser presentada en el centro educativo incluido en primer lugar en la misma.
El lunes 18 habilitaremos el Servicio de Reserva de Cita Previa para estos casos.  Ya disponemos de solicitudes para aquellos que no puedan acceder a la Secretaría Virtual.  También ueden descargarla de nuestro espacio de admisión

3.- La solicitud de admisión será cumplimentada por ambos padres, madres o representantes legales del alumno, salvo si se acredita la imposibilidad de hacerlo o alguno de ellos no ostenta la patria potestad. En las solicitudes cuyos nombres y apellidos incluyan partículas, deben grabarse tal y como aparezcan en los documentos oficiales: DNI, NIE o Libro de Familia. Para facilitar la participación de las familias en el proceso de admisión y la presentación de solicitudes de admisión por vía telemática se van a incrementar las opciones y posibilidades de acceso a la Secretaría Virtual, que podrá realizarse mediante la utilización, por cada uno de los padres, tutores o representantes legales, de alguno de ellos:
- Mediante la utilización del certificado digital.
- A través del sistema de identificación electrónica cl@ve.
- Acceso sin certificado digital a través de un registro en el sistema informático en el que se recogerán los siguientes campos: DNI, Nombre y apellidos, teléfono móvil, correo electrónico, clave y pregunta de seguridad. El registro se activará mediante un mensaje al teléfono móvil, lo que permitirá acceder con su DNI y clave. Esta opción facilita el acceso para todas las nuevas familias que se incorporan al sistema educativo este año.
- Acceso a través de la validación de credenciales de la aplicación Roble/Raíces. Las familias que ya tienen credenciales de acceso a Roble/Raíces podrán acceder a Secretaria Virtual con dichas credenciales. Con el fin de facilitar la utilización de esta opción, los centros podrán generar las credenciales de acceso a los progenitores o tutores legales que aún no dispongan de las mismas
La información sobre los distintos procedimientos a seguir y los requisitos aplicables en cada caso se incluirá en la página web de la Comunidad de Madrid siendo conveniente que las familias realicen las gestiones oportunas para disponer de un procedimiento válido para la presentación de solicitudes por vía telemática antes del inicio del período de presentación de solicitudes.

4.- Durante el período de presentación de solicitudes los centros harán pública en su página web y en las plataformas informativas de cada centro la información para las familias que establece la normativa vigente y, en el caso de los centros que imparten Educación Primaria, incluirán también la información relativa al tipo de jornada escolar y horario del centro autorizado o solicitado para el curso 2020/2021.

5.- Además del centro solicitado en primera opción, en la solicitud podrán incluirse de forma priorizada hasta otros cinco centros educativos sostenidos con fondos públicos en los que se solicita ser admitido. En el caso de aquellos alumnos que están obligados a ser escolarizados o cambiar de centro para el próximo curso es conveniente valorar la posibilidad de solicitar varios centros.

9- Las solicitudes de admisión serán recuperadas y analizadas a través de la aplicación Raíces por el equipo directivo o titular del centro incluido en primer lugar en cada solicitud con el fin de detectar aquellas solicitudes que hayan cumplimentado los apartados relativos a la posible presencia de necesidades educativas especiales o necesidades de compensación educativa, que serán redirigidas para su valoración, junto con la documentación correspondiente, al Servicio de Apoyo a la Escolarización correspondiente. Los centros educativos y los SAE respectivos mantendrán la oportuna coordinación para garantizar que todos los alumnos sean escolarizados conforme al perfil, ordinario o de alumno con necesidades educativas especiales, que finalmente corresponda.

10- En cumplimiento de la normativa vigente, Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la administración educativa realizará, a través de la aplicación Raíces las consultas relativas a la información disponible sobre las circunstancias alegadas en la solicitud, evitando que los solicitantes tengan que aportar o acreditar dicha información. No obstante, los solicitantes pueden denegar la realización de dichas consultas ante otras administraciones, en cuyo caso la solicitud deberá ir acompañada por la documentación acreditativa necesaria para la justificación de los criterios de baremación por los que se aspire a obtener puntuación.

11.- Las familias que acrediten la previsión de cambio de domicilio dentro de la Comunidad de Madrid o de traslado a la misma motivado por la movilidad forzosa de cualquiera de los padres, madres o tutores legales, o por otras razones, de cara al inicio del curso escolar 2020/2021, podrán participar y solicitar plaza escolar en el período ordinario de admisión de alumnos. Para ello será necesario acreditar fehacientemente el domicilio laboral o familiar previsto en la Comunidad de Madrid al presentar la solicitud de admisión.

Más información del proceso en nuestro espacio de Admisión

Toda la información Oficial de la Comunidad de Madrid en: https://www.comunidad.madrid/servicios/educacion/solicita-tu-admision-educacion-infantil-obligatoria-bachillerato

Sobre la cuota de comedor de marzo que las familias abonasteis íntegramente, en el mes de junio procederemos a devolver la cuantía de los días no disfrutados, una vez se ratifique oficialmente que no se vuelve a las aulas.

Lunes 18 se abre el Servicio de Cita Previa que estará operativo de Lunes a Viernes de 10 a 13h. Para acudir al centro con cita previa es imprescibible hacerlo con mascarilla.

C.E.I.P. PABLO NERUDA
PLAN DE ACTUACIÓN COVID 19